Escudo de la República Dominicana

Junta Nacional de Educación Física
ESTRUCTURA

InicioJunta Nacional de Educación Física

Artículo 6.– El Instituto Nacional de Educación Física (INEFI) estará presidido por un organismo colegiado llamado Junta Nacional de la Educación Física, que estará integrado por:

  • El Ministro de Educación, quien lo presidirá;
  • El Ministro de Deportes;
  • El Ministro de Salud Pública;
  • Un representante del Comité Olímpico Dominicano;
  • Un representante nacional del Comité Olímpico Internacional;
  • El Director de la Escuela Nacional Superior de Educación Física;
  • Un representante de la organización nacional mayoritaria de maestros;
  • El Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Educación Física (INEFI), quien actuará como Secretario de la Junta y tendrá derecho a voz.

Párrafo I.– Los representantes ante la Junta Nacional de Educación Física serán elegidos y acreditados en un plazo no mayor de sesenta (60) días, después de la promulgación de la presente ley.

Párrafo II.– La Junta Nacional de Educación Física se reunirá ordinariamente cada sesenta días, y extraordinariamente, cuantas veces sea convocada por su presidente o por solicitud del 40% de sus integrantes.

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